Habilitación de obras





Cuando el contribuyente se propone construir una obra, o regularizar una ya existente construída sin permiso en un predio de su propiedad, debe presentar los planos respectivos ante el Municipio, a los efectos de obtener un permiso de construcción, en el primer caso, o la registración para la incorporación al catastro municipal de las superficies construidas, en el segundo.

Para la presentación de los planos, el contribuyente debe requerir la intervención de un profesional habilitado por el Colegio correspondiente, con incumbencias en construcciones civiles (arquitectos, ingenieros y técnicos) e inscripto en el registro del Partido. Bajo su responsabilidad estará la materialización de las obras a ejecutar.

Las obras, para obtener el permiso de construcción pertinente, deben cumplimentar el Código de Edificación del Partido (Ordenanza Nº 17/81) y el Código de Planeamiento (Ordenanza Nº 32/83) y abonar el derecho de construcción correspondiente por las superficies y destinos declarados, conforme a lo establecido en la Ordenanza Tarifaria Municipal vigente.

APROBACIÓN DE PLANOS:

A)Presentación preliminar

Solicitud de construcción

Carpeta de Obra con sellado correspondiente.-

Certificado de dominio o fotocopia del título de propiedad actualizado, protocolizado por Escribano Público o Juez de Paz.-

Certificado Urbanístico.-

Copia de plano de Arquitectura.-

B)Presentación definitiva

Original del plano de Arquitectura (en calco).-

Cuatro (4) copias heliográficas como mínimo.-

Copia de Contrato, Planilla Anexa y plano de Arquitectura visados por el Colegio respectivo.-

Certificado de Libre Deuda Municipal de Tasas por Alumbrado, Barrido y Limpieza.-

Certificado de pago de los Derechos de Construcción.-

Formulario de Estadística de Edificación (Ley Nº 17.622 – Artículo 10º).-

Revalúo visado por la repartición de Rentas de Provincia Buenos Aires (si correspondiere).-

INSTRUCTIVO TRÁMITES PARA CONCESIÓN DE PERMISOS DE OBRA:

La carpeta sellada con copia de plano de Arquitectura y fotocopia de escritura o boleto se presentará en Oficina de Catastro para su visado.-

Dichos elementos más una copia de plano, solicitud de certificado urbanístico, se presentará en Oficina de Planeamiento.- Visado el mismo se pasará a Oficina de Obras para su observación.-

Retiradas las observaciones se presentará la carpeta con los folios visados anexando los contratos y plano visado por Colegio correspondiente conjuntamente con el certificado de libre deuda municipal, para la posterior liquidación y pago de derechos de construcción, contando con noventa (90) días de plazo para abonar los mismos, vencido el cual se ajustarán los valores a los nuevos en vigencia.-

Cumplidos los pasos anteriores, se incorporarán la tela, copias heliográficas, formulario de estadística, planilla de revalúo (si así correspondiere) y solicitud de final de obra en caso de ser obra terminada y se presentará en Mesa de Entradas.-

FINAL DE OBRA:

*Planilla de solicitud de final de obra.-

*Copia de plano de arquitectura aprobado por Municipio.-

*Revalúo visado por la repartición de Rentas de Provincia Buenos Aires.

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